KENPO: DISCIPLINA MARCIAL.


 

La Asociación Deportiva  y de Artes Marciales Akai Jun Ryu Kenpo nace con el ánimo de ayudar a sus miembros a crecer como artistas  marciales.  Akai Jun Ryu Kenpo es una escuela de artes marciales reconocida legalmente por el Ministerio del Interior. 

   Esta escuela tiene como fin principal la investigación, estudio y  práctica de las artes marciales, tanto para la defensa personal como para el deporte aficionado. 

    La Asociación Deportiva  y de Artes Marciales Akai Jun Ryu Kenpo tiene como principal objetivo la completa formación de sus asociados.

   Para ello organiza seminarios y cursos especiales que complementan la enseñanza de un artista marcial.

 

         La Escuela de Kenpo Akai Jun Ryu Kenpo realiza periódicamente para todos sus asociados cursos y seminarios que forman y complementan el conocimiento adquirido en el entrenamiento habitual.

    

   Los cursos y seminarios impartidos por miembros de esta Escuela son gratuitos y exclusivos para todos sus asociados.

    Estos cursos y seminarios tratan de aspectos técnicos de las artes marciales en general (cursos temáticos), seminarios de refuerzo donde se entrena el programa de la Escuela (seminarios internos) y cursos que trabajan la defensa personal en todos sus ámbitos (cursos de defensa personal real).

 

 SER SOCIO DE AKAI JUN RYU KENPO TE OFRECE:

 

Acreditación de los grados del sistema SEKIJUN RYU KENPO.

Precios reducidos en exámenes de la Asociación.

Asistencia preferente y subvencionada total y parcialmente a eventos relacionados con la Asociación (cursos, seminarios, campamentos, viajes,...), en todo el territorio nacional.

Asistencia a encuentros entre artistas marciales de diversos estilos para el intercambio de técnicas y conocimientos aplicables para la defensa personal.

Participación en campeonatos y eventos deportivos, tanto en su vertiente competitiva, como en el desarrollo de exhibiciones y demostraciones.

Participación activa en  cualquier tipo de actividad que pudiera resultar provechosa para los fines planteados por esta asociación, tales como, cursos de formación, talleres, campeonatos, demostraciones,  conferencias, charlas, debates, foros, ciclos temáticos, publicaciones, carteles, realización de producciones audiovisuales, radiodifusión, salidas o visitas guiadas con interés cultural y/o lúdico.

Información preferente y personalizada sobre eventos.

Precios especiales en material para miembros de la escuela (camisetas, sudaderas,, complementos, etc.).

 

Todo integrante de la Escuela Akai Jun Ryu Kenpo debe estar asociado, para ello se debe:

 

Solicitar ser admitido por la asociación como socio.*

Abonar la cuota de inscripción inicial  y las consiguientes cuotas anuales de renovación señaladas en Asamblea.

Autorización de los padres o representantes legales en caso de socios menores de edad (sólo para la inscripción inicial).

 * LA ASOCIACIÓN DEPORTIVA Y DE ARTES MARCIALES en el artículo 23.d de los estatutos, regulados por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y normas complementarias, se reserva el derecho a exclusividad con la escuela de kenpo, en la que los socios de dicha asociación deben ser  practicantes de la escuela  y cuyo compromiso con la misma y en la práctica de dicho sistema de entrenamiento sea exclusivo.

 

NORMATIVA QUE REGULA A UN/A  ASOCIADO/A:

 

  • Estatutos de la Asociación Deportiva y de Artes Marciales Akai Jun Ryu Kenpo.

  • Constitución Española  de 27 de diciembre de 1978 (BOE núm. 311.1, de 29 de diciembre).

  • Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la 183 Asamblea General de la ONU el 10 de diciembre de 1948.

  • Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, hecho en Roma el 4 de noviembre de 1950. Instrumento de Ratificación de 26 de septiembre de 1979 (BOE núm. 243, de 10 de octubre de 1979).

  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 19 de diciembre de 1966. Instrumento de Ratificación de 13 de abril de 1977 (BOE núm. 103, de 30 de abril de 1977).

 

  • Resolución de la Comunidad Europea, de 13 de marzo de 1987, sobre las asociaciones sin fines de lucro (Diario Oficial de las Comunidades Europeas núm. C 99/205, de 13 de abril de 1987). Convenio-Marco Europeo, sobre cooperación transfronteriza entre Comunidades o Autoridades territoriales, hecho en Madrid el 21 de mayo de 1980. Instrumento de Ratificación de 10 de julio de 1990 (BOE núm. 248, de 16 de octubre de 1990).

  • Código Penal (artículos 510 al 521).

  • Código Civil (artículos 28, 35 al 39 y 41).

  • Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (BOE núm. 73, de 26 de marzo).

  • Real Decreto 397/1988, de 22 de abril, por el que se regula la inscripción registral de Asociaciones Juveniles (BOE núm. 102, de 28 de abril).

  • Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones y de sus relaciones con los restantes registros de asociaciones (BOE núm. 306, de 23 de diciembre).

  • Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública (BOE núm. 11, de 13 de enero de 2004).

  • Artículo 9 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (BOE núm. 166, de 12 de julio).

 


ESCUELA AKAI JUN RYU KENPO


ESCUDO DE LA ESCUELA AKAI JUN RYU KENPO.

Escuela Akai Jun Ryu Kenpo.

KANJI DEL SISTEMA DE ENTRENAMIENTO.
ACTIVIDADES DE LA ESCUELA CURSO 2011-2012.
KENPO: DISCIPLINA MARCIAL.
KENPO: DISCIPLINA DEPORTIVA.

 

INICIO